FECHA

AUTOR

COMPARTIR

Deducciones fiscales por I+D+i: qué documentar ahora para que cuente en el cierre del ejercicio

Si tu empresa invierte en investigación, desarrollo o innovación tecnológica, puede reducir directamente su cuota del Impuesto de Sociedades entre un 12% y un 42% gracias al artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Sin subvenciones, sin concurrencia competitiva: solo por la actividad que ya estás haciendo.

El problema no es la deducción en sí, sino que la mayoría de empresas la pierde por no documentar a tiempo. Cuando llega julio del año siguiente y toca presentar el modelo 200, ya es demasiado tarde para reconstruir memorias técnicas o justificar horas de personal.

Te contamos cuánto puedes ahorrar y, sobre todo, qué debes empezar a documentar ya, con el ejercicio todavía en marcha.


Qué es la deducción por I+D+i y cuánto puedes ahorrar

Las deducciones fiscales por I+D+i permiten a las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades reducir directamente su cuota íntegra entre un 12% y un 42% de los gastos en actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) o Innovación Tecnológica (IT), reguladas por el artículo 35 de la Ley 27/2014. 

Los porcentajes se distribuyen así:

  • 25% de deducción sobre los gastos de I+D del ejercicio.
  • Si los gastos incurridos en el periodo impositivo son superiores a la media de los realizados en los dos años anteriores, se aplica el 25% hasta dicha media y un 17% adicional sobre el exceso — de ahí el 42% que verás mencionado como máximo. 
  • Un 17% adicional deducible por los gastos en personal cualificado e investigadores adscritos en exclusiva a la actividad de I+D. 
  • Un 8% de deducción en elementos de inmovilizado material e intangible dedicados en exclusiva a actividades de I+D (excepto inmuebles y terrenos). 
  • 12% de deducción para las actividades de Innovación Tecnológica (IT), un porcentaje único, sin escalado.

Ejemplo: una empresa con 200.000 € en gastos de I+D que superen la media de los dos ejercicios anteriores podría deducir hasta 84.000 € de su cuota del Impuesto de Sociedades. Y si la deducción generada supera la cuota disponible en el ejercicio, no se pierde: puede aplicarse en ejercicios futuros.


I+D vs. Innovación Tecnológica: el error de clasificación que te cuesta dinero

Uno de los fallos más habituales es tratar como IT (12%) un proyecto que en realidad cualifica como I+D (hasta 42%), o al revés.

La diferencia técnica es clara: la Investigación y Desarrollo implica la generación de conocimiento nuevo o sustancialmente mejorado a nivel mundial, mientras que la Innovación Tecnológica se refiere a avances novedosos para la propia empresa, aunque ya existan en el mercado.

En la práctica, esto significa que:

  • Si estás desarrollando algo que no existe en el mercado (un algoritmo propio, un proceso productivo inédito), probablemente estés ante I+D.
  • Si estás adaptando o implementando una tecnología ya existente en tu empresa por primera vez, lo más habitual es que sea IT.

Clasificar mal el proyecto no solo reduce el ahorro fiscal: también es uno de los motivos más frecuentes por los que Hacienda cuestiona una deducción en una comprobación.


Qué debes documentar ya, antes de que cierre el ejercicio

Aquí está la parte que la mayoría de empresas descuida: la deducción no se justifica en la declaración, se justifica con la documentación que has ido generando durante todo el año.

Memoria técnica del proyecto

Un documento que describa el objetivo del proyecto, la incertidumbre científica o tecnológica que aborda y los hitos alcanzados. Cuanto más se redacte en el momento, más creíble es; reconstruirla meses después, con el proyecto ya cerrado, siempre resulta más débil.

Hojas de control horario del personal

Si vas a aplicar el 17% adicional por personal cualificado, necesitas registros de horas que acrediten la dedicación exclusiva de esas personas al proyecto de I+D. Sin este control mensual, esa parte de la deducción es muy difícil de sostener ante una revisión.

Separación contable de los gastos por proyecto

Los gastos de I+D+i deben poder aislarse del resto de la contabilidad: nóminas del personal implicado, materiales, subcontrataciones y amortización de los activos afectos al proyecto. Esta separación se hace mes a mes, no al cierre.

Facturas y soporte documental de cada gasto

Todo gasto que forme parte de la base de deducción debe estar respaldado por su factura o justificante correspondiente, conservado y localizable, no solo contabilizado.

Informe Motivado Vinculante (CDTI): la capa extra de seguridad

Aunque no es obligatorio, solicitar un Informe Motivado Vinculante al CDTI antes de presentar la declaración blinda la deducción frente a Hacienda: si el CDTI certifica que el proyecto cualifica como I+D o IT, la Agencia Tributaria queda vinculada por esa calificación. Es la diferencia entre defender tu deducción con criterio propio o con el aval de un organismo público.

Plazos: cuándo se aplica y hasta cuándo tienes margen

El plazo para la presentación del Impuesto de Sociedades es de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo, lo que en la mayoría de las empresas coincide con el 25 de julio del año siguiente al ejercicio. 

Para el ejercicio 2026, eso significa que la declaración se presenta mediante el modelo 200 durante los 25 días naturales de julio de 2027. Parece lejano, pero la documentación de soporte se construye ahora, mes a mes, no en junio de 2027.


No dejes que la falta de documentación te cueste el ahorro fiscal

Según datos de la propia AEAT, las deducciones por I+D+i siguen siendo el incentivo más infrautilizado en relación con su potencial, precisamente porque muchas empresas no documentan a tiempo o clasifican mal sus proyectos. 

En Lean Finance ayudamos a empresas innovadoras a identificar qué gastos cualifican, a mantener la documentación en orden desde el primer mes del proyecto y a gestionar el Informe Motivado Vinculante cuando aporta valor. Si quieres asegurarte de que tu deducción por I+D+i cuente de verdad en el cierre del ejercicio, ponte en contacto con nosotros.

● Nuestra newsletter

Rellena el formulario 

y accede a nuestro contenido exclusivo