CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

CLÁUSULAS

1. Objeto

En virtud del presente Contrato, el Prestador se compromete a prestar los servicios descritos en el Anexo I (en adelante “los Servicios”) del presente Contrato en los términos y las condiciones establecidos en las cláusulas siguientes.

2. Exclusividad

El Prestador ostentará este cargo en régimen de exclusividad con relación al servicio de tramitación de la certificación de “empresa emergente”.

3. Duración

El Prestador realizará los Servicios objeto del presente Contrato durante el período de un año (1 AÑO) desde la suscripción del presente Contrato, siendo el fin de éste el 30 de agosto de 2024. Una vez finalizado dicho plazo, y en el caso de que siga estando vigente el procedimiento de la gestión de la ayuda, se entenderá renovado tácitamente por periodos anuales. 

4. Honorarios

En el momento en que se firme el presente contrato y antes de empezar los trabajos, LEAN FINANCE, S.L.U. cobrará inmediatamente el 100% de los honorarios.

Los gastos incurridos por EL CLIENTE en el caso de una posible aprobación por parte de la entidad serán gastos notariales. LEAN FINANCE, S.L.U no se hace responsable de ningún gasto en caso de que ENISA solicite de una posible traducción jurada, consolidación y gastos similares.

Todas las facturas, a las que será añadido el correspondiente IVA, serán abonadas al contado, mediante transferencia bancaria.

5. Obligaciones de las partes

Para el correcto cumplimiento de los Servicios detallados en el Anexo I, las Partes se comprometen a realizar las siguientes obligaciones, que habrán de ser atendidas por cada una de ellas con los debidos estándares de diligencia, de conformidad a lo dispuesto en el art. 1.104 del Código Civil:

  • Obligaciones del Cliente: el Cliente se compromete a, una vez iniciado el procedimiento de solicitud, así como de ser resuelto favorablemente, a aceptar debidamente las ayudas, financiaciones y/o subvenciones solicitadas. En este sentido, a lo largo del procedimiento, el Cliente deberá de colaborar con el Prestador en atención a las solicitudes y/o requerimientos efectuados por parte de las instituciones concedentes, para la provisión en tiempo y forma de cuanta documentación se estime necesaria en el marco de la solicitud correspondiente. 
  • Obligaciones del Prestador: el Prestador se compromete a la perfección de los Servicios descritos en el presente documento, debiendo de actuar en atención a los debidos estándares de profesionalidad aplicables en el mercado a lo largo de todo el procedimiento de solicitud de las ayudas, financiaciones y/o subvenciones.

Las obligaciones anteriormente descritas se constituyen como obligaciones esenciales para la perfección del Objeto del presente Contrato, considerándose las mismas de obligado cumplimiento entre las Partes. Para aquellos casos en que, cualquiera de las Partes actuare de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las mismas, conllevando un daño o perjuicio a la otra Parte, la Parte incumplidora deberá de indemnizar a la otra Parte por el daño y perjuicio ocasionado.

Frente aquellos supuestos en que; una vez iniciada la solicitud correspondiente, y con carácter previo a la resolución final de la misma; el Cliente desista del procedimiento de forma unilateral y por motivos ajenos al Prestador, o bien; no actúe de forma debida causando omisión en la colaboración y/o entrega de la documentación pertinente, lo cuál provoque la cancelación de dicha solicitud por inoperancia; el Cliente deberá abonar el 100% de los honorarios que se hubieran devengado  ante la consecución de dicha solicitud en función de la cuantía de financiación solicitada, tal y como se establece en la Cláusula 4 anterior.

6. Resolución del Contrato.

Las Partes acuerdan que podrá finalizar el Contrato por las siguientes causas:

  • Cuando medie incumplimiento grave de las obligaciones pactadas en el Contrato. En este caso, se deberá notificar a la Parte incumplidora el incumplimiento, y conceder un plazo de (5) días desde la notificación para que subsane dicho incumplimiento. En su caso, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones supondrá el nacimiento de un derecho de indemnización por los daños y perjuicios causados.

7. Confidencialidad y Datos Personales

Ambas Partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto respecto de los datos de carácter personal a que tengan acceso en cumplimiento del presente contrato y a observar todas las previsiones legales que se contienen en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. En particular, el Prestador se compromete a no aplicar o utilizar los datos de carácter personal tratados o aquellos a los que hayan tenido acceso durante la prestación del Servicio, con fin distinto al que figura en el presente Contrato, ni a cederlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Las Partes responderán una frente a la otra por los daños y perjuicios que puedan derivarse del incumplimiento de esta obligación.

8. Ley aplicable y jurisdicción competente.

Las Partes acuerdan, que para solventar cualquier conflicto que pudiera surgir entre ambas, derivadas del cumplimiento, incumplimiento o interpretación del presente Contrato, se regirá de acuerdo con las leyes de España, y se someterán a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Sevilla.

9. Notificaciones

Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las Partes en relación con el presente Contrato, deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente realizadas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo certificado al domicilio de la otra Parte que conste en el encabezamiento del presente Contrato, o bien a cualquier otro domicilio que a estos efectos cada Parte pueda indicar a la otra.

10. Gastos e impuestos

Todos los gastos de elevación a público y, en su caso, impuestos indirectos derivados del otorgamiento del presente Contrato serán soportados por las Partes según Ley.

DETALLE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

El objeto del contrato es la contratación de los servicios profesionales para la tramitación de la certificación de empresa emergente a través de ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.A.).

El prestador se encargará, de los siguientes servicios:  

  1. El análisis de la empresa, el mercado y el proyecto para valorar la viabilidad de solicitar la ayuda. 
  2. Redacción del expediente del proyecto incluyendo la presentación de la empresa, la memoria técnica y los datos económicos.
  3. Asesoramiento sobre los términos y condiciones de las diferentes modalidades de incentivos para maximizar las probabilidades de éxito, con respecto a la obtención de la certificación de “empresa emergente”.
  4. Asistencia en la preparación de la documentación necesaria para la instrumentación de las solicitudes.
  5. Presentación de la solicitud ante el Organismo correspondiente.
  6. Seguimiento del expediente. El Prestador estará a cargo del seguimiento del expediente, pero la aceptación o denegación de la certificación será a cargo del Cliente.
  7. Solicitud de cambios y modificaciones presupuestarias en la justificación del proyecto (técnica, económica y participación en las visitas justificativas).
  8. Asesoramiento sobre la mejor forma de proceder con respecto a la certificación de “empresa emergente”.

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Las Partes del encabezamiento de este contrato se reconocen mutua capacidad legal para establecer este Acuerdo de Confidencialidad, basado en las siguientes cláusulas:

1. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

Las Partes se obligan a guardar secreto, confidencialidad y reserva sobre toda la información confidencial, documentación y cualquier tipo de datos facilitados por la otra Parte para el desarrollo de la prestación del servicio, y a no divulgarlos, publicarlos ni ponerlos a disposición de terceros, de forma directa o indirecta, de manera que sólo se pueda utilizar la información suministrada por el Cliente exclusivamente para el análisis y el estudio objeto del Contrato.

Se considerará “Información Confidencial” a cualquier tipo de información legal, técnica, comercial, industrial, económico-financiera, empresarial y cualquier otro tipo de secreto empresarial suministrado por las Partes intervinientes en el presente Acuerdo de Confidencialidad, sobre el que no quepa razonablemente considerar el dominio público que sea la forma o medio en que hubiere sido suministrada.

2. USO DE LA INFORMACIÓN

El suministro de la información confidencial por parte del Cliente no otorgará al Prestador derecho alguno sobre la información confidencial. Las Partes utilizarán dicha información suministrada por el Cliente exclusivamente para el análisis y el estudio objeto del Contrato.

En el caso de que el Prestador sea requerido, por vía legal o judicial a desvelar la información sujeta a confidencialidad de este Acuerdo, el Prestador se compromete a ponerlo en conocimiento del Cliente, tan pronto como sea notificada esta obligación.

3. ACCESO DE LA INFORMACIÓN

Las Partes se comprometen a no divulgar, ni poder a disposición de terceras personas el contenido de la información, a excepción de lo establecido en el presente Contrato.

Las Partes se comprometen a que cualquier trabajador, asesor o directivo que tenga que tener acceso a dicha información, garantice la seguridad del contenido de la información.

Se reconoce la confidencialidad de toda la información suministrada por el Cliente a la que tendrá acceso en virtud del trabajo que le es encomendado, obligándose a no revelar dicha información a ninguna persona distinta del responsable de cada expediente, o del personal de la Administración donde deban ser tramitados dichos expedientes.

4. DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Las Partes se comprometen a devolver cualquier tipo de copia que posean de la información entregada a la otra Parte. De igual manera, se comprometen a no guardar ninguna otra copia de la documentación, ya sea digital o física.

5. DURACIÓN DEL ACUERDO

El presente Acuerdo de Confidencialidad tendrá una duración máxima de un año, a partir de la referencia del mismo. En el caso de que se prorrogue el presente Contrato, tendrá la misma duración que lo estipulado en el Contrato por las Partes. En el momento de la finalización del Contrato, este Acuerdo quedará sin efecto.

6. INCUMPLIMIENTO DE LAS PARTES

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones expresadas por las Partes en este Acuerdo, dará derecho a la parte afectada a la reclamación de los daños y perjuicios que le fueron causados por este incumplimiento, para subsanar el daño generado, mediante el ejercicio de las acciones legales que le correspondan.