CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

  • CLÁUSULAS

1. Objeto

En virtud del presente Contrato, el Prestador se compromete a prestar los servicios descritos en el Anexo I (en adelante “los Servicios”) del presente Contrato en los términos y las condiciones establecidos en las cláusulas siguientes.

 

2. Prohibición de competencia y subcontración

Dado el carácter personalísimo de los servicios contratados, el Prestador ostentará este cargo ejecutará, en régimen de exclusividad, el servicio de asesoramiento y gestión de subvenciones, préstamos participativos o con condiciones favorables, de las diferentes Administraciones, entidades o empresas privadas, en aquellos proyectos que el Cliente encomiende expresamente al Prestador. Recíprocamente, queda prohibida al Prestador la subcontratación del servicio.

 

3. Duración

El presente contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, y los servicios objeto del mismo se conciertan por un periodo de tres años (3 AÑOS) desde la suscripción. Finalizado dicho plazo, si aún persistiere el proceso de gestión de la ayuda, subvención y/o préstamo, el contrato se entenderá renovado, tácitamente, por periodos anuales, salvo notificación expresa en contrario de cualquiera de las partes en el plazo de un mes de antelación a la fecha de finalización del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.

 

4. Honorarios

Los honorarios consistirán en un porcentaje variable, en función de la financiación conseguida, que se especifica en cuanto a sus tramos en la propuesta previamente enviada al cliente, y a los que se añadirá el correspondiente  I.V.A.

 

Una vez que ENISA notifique al Cliente la aprobación de la financiación, LEAN FINANCE, S.L.U. tendrá derecho a percibir el 100% de los honorarios acordados.

Serán siempre por cuenta del CLIENTE los gastos notariales derivados de la aprobación de la financiación, así como los que se pudieran originar en el supuesto de que ENISA solicitase una traducción jurada, consolidación o gastos análogos.

Todas las facturas, serán abonadas en el plazo de 7 días desde su remisión, mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada en la propuesta personalizada mediante la que se accede al clausulado de esta convención.

 

5. Obligaciones de las partes

Las Partes se comprometen al cumplimiento de sus respectivas obligaciones, derivadas de la presente Prestación de Servicios, conforme a los estándares de diligencia recogidos en el art.1.104 del Código Civil, en concreto:

  • Obligaciones del Cliente: el Cliente se compromete a, una vez iniciado el procedimiento de solicitud, así como de ser resuelto favorablemente, a aceptar debidamente las ayudas, financiaciones y/o subvenciones solicitadas. En este sentido, a lo largo del procedimiento, el Cliente deberá de ser especialmente colaborativo con el Prestador en atención a las solicitudes y/o requerimientos efectuados por parte de las instituciones concedentes, para la provisión en tiempo y forma de cuanta documentación se estime necesaria en el marco de la solicitud correspondiente. 

Asimismo, el Cliente se obliga a cumplir con los siguientes plazos durante el transcurso de su solicitud de financiación, conforme a lo exigido por las diferentes áreas de ENISA (Admisión, Análisis y Jurídico), a lo largo del período correspondiente entre la fase de Aprobación del ENISA y la firma del Contrato o Póliza de préstamo ENISA:

  • 15 días, o en su defecto el periodo establecido por la entidad, para la aportación de la documentación requerida por parte de ENISA y el Prestador para el análisis, a contar desde la fecha en aquélla sea requerida. 
  • 60 días para formalizar la ronda de inversión, además de disponer de 3 prórrogas de 45 días adicionales a este período.
  • 60 días para firmar el ENISA una vez cumplidos todos los requisitos y/o condiciones exigidas.
 

Por último, el Cliente conoce y acepta que:

  • La firma del Contrato o Póliza de préstamo ENISA deberá llevarse a cabo físicamente por el representante de la entidad que se beneficiará de la financiación, que tendrá lugar ante notario y, en consecuencia, deberá desplazarse para ello a la ciudad de Madrid. 
  • El Cliente (y sus socios mayoritarios) no se encuentra dado de alta en ningún registro de morosidad, tipo Asnef o RAI.
  • El Cliente (sus socios y administradores) asegura que no ha impagado ninguna deuda previa en Enisa.
  • Obligaciones del Prestador: el Prestador se compromete a cumplir con la debida diligencia la obligación de medios correspondiente a los Servicios contratados, en orden a la búsqueda de recursos financieros, que se especifica en el Anexo I, debiendo de actuar en atención a los debidos estándares de profesionalidad aplicables en el mercado a lo largo de todo el procedimiento de solicitud de las ayudas, financiaciones y/o subvenciones.
 

Las obligaciones anteriormente descritas se constituyen como obligaciones esenciales para la perfección del Objeto del presente Contrato, considerándose las mismas de obligado cumplimiento entre las Partes. Para aquellos casos en que, cualquiera de las Partes actuare de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las mismas, conllevando un daño o perjuicio a la otra Parte, la Parte incumplidora deberá de indemnizar a la otra Parte por el daño y perjuicio ocasionado.

 

6. Compromiso de respaldo solidario.

El/los administrador/es o, en su caso, consejero/s-delegado/s, sin perjuicio de la responsabilidad ilimitada del Cliente en orden al pago de honorarios aquí pactados, respañda/n y garantiza/n personalmente el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias derivadas para el Cliente de la presente prestación de servicios, obligándose con éste solidariamente al pago, y en caso de ser varios los garantes, solidariamente también entre sí, con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión, división y cualquier otro que, con carácter general o particular, pudieren corresponderles.

Las partes y el/los garante/s acuerdan que la fianza se hará extensiva a cualesquiera prórrogas, renovaciones, novaciones o modificaciones de cualquier tipo expresa o táctica que pudieran producirse en las obligaciones contenidas en este contrato.

 

7. Desistimiento por parte del Cliente de los servicios.

 

Si el Cliente tiene la intención de desistir de los servicios objeto del presente Contrato, deberá comunicarlo al Prestador de manera fehaciente y, en tal caso:

  1. En el supuesto de que el Cliente desista de los servicios objeto del presente Contrato durante la fase de Admisión para la búsqueda de recursos financieros en forma de préstamos participativos con condiciones preferentes de mercado a través de ENISA, el Cliente deberá abonar a LEAN FINANCE, S.L.U o el Prestador la cantidad de 600 € (Euros) en virtud de la dedicación y/o trabajo efectuado hasta el momento.
  2. A) Si durante la fase de Análisis (esto es, haber superado la fase de Admisión y no haber recibido notificación de aprobado o rechazado), el Cliente desiste expresamente de la obtención de financiación a través de ENISA por motivos ajenos a la prestación del servicio por parte del Prestador, el Cliente deberá abonar el 50% de los honorarios pactados* en función de la cuantía de financiación solicitada, tal y como se establece en la Cláusula 4 del presente Contrato.
  1. B) Si durante esta misma fase, el Cliente no atiende a los requerimientos de información recibidos; no coopera; o no responde a las comunicaciones del Prestador, en un plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de su recepción, y en consecuencia, provoca, la cancelación por ENISA de la solicitud a causa de tal inoperancia, se entenderá que el Cliente desiste tácitamente de los Servicios contratados, y el Prestador tendrá derecho a percibir el cobro del 100% de los honorarios pactados*, en función de la cuantía de financiación solicitada, tal y como se establece en la Cláusula 4 del presente Contrato.
  1. Si una vez Aprobada la concesión del ENISA, el Cliente incumple cualquiera de los requisitos exigidos para la firma del Contrato o Póliza de préstamo ENISA, incluidos los supuestos de obstaculizar, no presentarse o no consentir la firma misma, y por ende, se llega a perder la financiación concedida, el Prestador tendrá derecho al cobro del 100% de los honorarios pactados, conforme a la cuantía efectivamente concedida, tal y como se establece en la cláusula 4 del presente Contrato.

 

 (*) Honorarios pactados: En este momento de la solicitud, tendrá la consideración de “honorarios pactados” el % de comisión sobre el importe de aquélla y NO de la financiación efectivamente obtenida (puesto que en la fase de Análisis no hay notificación del importe conseguido). 

 

8. Resolución del Contrato

Las Partes acuerdan que podrá finalizar el Contrato por las siguientes causas:

  • Será causa de resolución del presente Contrato, no poner a disposición del Prestador la documentación solicitada al Cliente durante la fase de Admisión, la cual tendrá lugar en un plazo máximo de (30) días a contar desde la fecha de requerimiento de dicha documentación por parte del Prestador. 
  • Cuando medie incumplimiento grave de las obligaciones pactadas en el Contrato. En este caso, se deberá notificar a la Parte incumplidora el incumplimiento, y conceder un plazo de (5) días desde la notificación para que subsane dicho incumplimiento. En su caso, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones supondrá el nacimiento de un derecho de indemnización por los daños y perjuicios causados.
 

9. Resolución del contrato

  • Será causa de resolución del presente Contrato, el incumplimiento culposo o negligente, por cualquiera de las partes, de las obligaciones dimanantes del presente contrato. Siempre que dicho incumplimiento fuera subsanable, se deberá notificar éste a la parte incumplidora, otorgándole un plazo de (5) días para subsanar dicho incumplimiento, teniéndose igualmente por resuelto el contrato en caso de que no se atienda dicho requerimiento. 
  • Particularmente, comportará la resolución del contrato el supuesto de que no se ponga a disposición del Prestador la documentación solicitada al Cliente durante la fase de Admisión, debiendo aportarse la misma la cual tendrá lugar en un plazo máximo de (30) días a contar desde la fecha de requerimiento de dicha documentación por parte del Prestador.
 

10. Confidencialidad y Datos Personales

Ambas Partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto respecto de los datos de carácter personal a que tengan acceso en cumplimiento del presente contrato y a observar todas las previsiones legales que se contienen en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. En particular, el Prestador se compromete a no aplicar o utilizar los datos de carácter personal tratados o aquellos a los que hayan tenido acceso durante la prestación del Servicio, con fin distinto al que figura en el presente Contrato, ni a cederlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Las Partes responderán una frente a la otra por los daños y perjuicios que puedan derivarse del incumplimiento de esta obligación.

 

11. Ley aplicable y jurisdicción competente.

Las Partes reconocen que el presente contrato tiene carácter mercantil, y se regirá por sus propias cláusulas y, en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código de Comercio, leyes especiales mercantiles y, en su defecto, por el Código Civil

Para la resolución de cuantas controversias surjan en la interpretación o cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del partido judicial de Sevilla, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles.

 

 

12. Notificaciones

Todas las comunicaciones que deban hacerse las Partes en virtud de este contrato, se harán por escrito en las direcciones, físicas o electrónicas, que figuran al comienzo de este documento, debiendo ser comunicado de la misma forma cualquier cambio en la dirección a efectos de notificación.

 

11. Gastos e impuestos

Todos los gastos de elevación a público y, en su caso, impuestos indirectos derivados del otorgamiento del presente Contrato serán soportados por las Partes según Ley.

 

 

 

ANEXO I

 

DETALLE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

El objeto del contrato es la contratación de los servicios profesionales para la búsqueda de recursos financieros en forma de préstamos participativos con condiciones preferentes de mercado a través de ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.A.).

LEAN FINANCE, S.L.U. será el único interlocutor válido entre ENISA y el Cliente, informando a este último, en el plazo máximo de 3 días hábiles desde su recepción, de todas las comunicaciones (correos electrónicos, llamadas telefónicas, etc.) recibidas por parte de esta entidad a propósito de la solicitud de financiación requerida por parte del Cliente a través de LEAN FINANCE, S.L.U.

El servicio se estructura en tres fases:

  1. Asistencia en el diseño y planificación del proyecto.
  2. Preparación y presentación del expediente de solicitud de ayuda al organismo competente.
  3. Seguimiento del expediente y apoyo en el análisis.

El prestador se encargará, según la fase, de los siguientes servicios:  

  1. El análisis de la empresa, el mercado y el proyecto para valorar la viabilidad de solicitar la ayuda. 
  2. Redacción del expediente del proyecto incluyendo la presentación de la empresa, la memoria técnica y los datos económicos.
  3. Envío periódico de boletines de ayudas con las convocatorias susceptibles de ser de utilidad para el Cliente.
  4. Asesoramiento sobre los términos y condiciones de las diferentes modalidades de incentivos para maximizar las probabilidades de éxito, con respecto a la obtención de ayudas, así como la compatibilidad entre líneas respecto a la obtención de diferentes líneas de ayuda para un mismo proyecto.
  5. Asistencia en la preparación de la documentación necesaria para la instrumentación de las solicitudes.
  6. Presentación de la solicitud ante el Organismo correspondiente.
  7. Seguimiento del expediente: se entiende por seguimiento del expediente cuando la solicitud es aceptada por la Administración Pública pertinente, iniciándose un plazo para presentar la documentación, justificación de inversiones y el cobro. El Prestador estará a cargo del seguimiento del expediente, pero la aceptación o denegación de la ayuda, subvención y/o préstamo será a cargo del Cliente.
  8. Apoyo en la negociación con las diferentes Administraciones. 
  9. Solicitud de cambios y modificaciones presupuestarias en la justificación del proyecto (técnica, económica y participación en las visitas justificativas).
  10. Asesoramiento sobre la mejor forma de proceder al cobro de los fondos.
  11. Información periódica de ayudas y subvenciones para el Cliente.
 

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Las Partes del encabezamiento de este Contrato se reconocen mutua capacidad legal para establecer este Acuerdo de Confidencialidad, basado en las siguientes, 

 

CLÁUSULAS

 

  • CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

Las Partes se obligan a guardar secreto, confidencialidad y reserva sobre toda la información confidencial, documentación y cualquier tipo de datos facilitados por la otra Parte para el desarrollo de la prestación del servicio, y a no divulgarlos, publicarlos ni ponerlos a disposición de terceros, de forma directa o indirecta, Especialmente, sólo se podrá utilizar la información suministrada por el Cliente exclusivamente para el análisis y el estudio objeto del Contrato.

Se considerará “Información Confidencial” a cualquier tipo de información legal, técnica, comercial, industrial, económico-financiera, empresarial y cualquier otro tipo de secreto empresarial suministrado por las Partes intervinientes en el presente Acuerdo de Confidencialidad, sobre el que no quepa razonablemente considerar el dominio público que sea la forma o medio en que hubiere sido suministrada.

Sin perjuicio de lo reflejado en este acuerdo, ambas Partes aceptan las siguientes exclusiones relativas al mantenimiento de la confidencialidad:

  1. Si la información es accesible a través de medios públicos en el momento de su cesión.
  1. Si la información es conocida por una parte previa a la suscripción del este acuerdo, siempre y cuando no esté sujeta a la obligación de preservar su confidencialidad.
  1. Si la legislación vigente o un requerimiento judicial  o administrativo exige su difusión, o comunicación a un tercero. En cuyo caso, la parte afectada informará a la otra de esta situación y tratará de preservar la confidencialidad en el tratamiento de la información.
 
  • ACCESO DE LA INFORMACIÓN

Las Partes se comprometen a que cualquier trabajador, asesor o directivo que tenga que tener acceso a dicha información, garantice la seguridad del contenido de la información.

Se reconoce la confidencialidad de toda la información suministrada por el Cliente a la que tendrá acceso en virtud del trabajo que le es encomendado, obligándose a no revelar dicha información a ninguna persona distinta del responsable de cada expediente, o del personal de la Administración donde deban ser tramitados dichos expedientes.

 

  • DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN

A la finalización de este contrato, Las Partes se comprometen a devolver cualquier tipo de copia que posean de la información entregada a la otra Parte. De igual manera, se comprometen a no guardar ninguna otra copia de la documentación, ya sea digital o física.

 

  • DURACIÓN DEL ACUERDO

El presente Acuerdo de Confidencialidad tendrá la misma duración que el contrato de Prestación de Servicios en que se inserta, a partir de suscripción de éste, e incluyendo y extendiéndose a las prórrogas del mismo.

 

  • INCUMPLIMIENTO DE LAS PARTES

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones expresadas por las Partes en este Acuerdo Confidencialidad, dará derecho a la parte afectada a la reclamación autónoma de los daños y perjuicios que le fueron causados por este incumplimiento, para subsanar el daño generado, mediante el ejercicio de las acciones legales que le correspondan.